Contexto

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1.1 Misión del ITSON:

El Instituto Tecnológico de Sonora es una universidad pública autónoma comprometida con la formación de profesionistas íntegros, competentes y emprendedores, la generación y aplicación del conocimiento y la extensión de la ciencia, la cultura y el deporte, para contribuir al desarrollo sostenible de la sociedad.


1.2 Autonomía Universitaria:

La Autonomía Universitaria es el permiso especial que se describe en la Fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

“Las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a si mismas; realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este artículo, respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y discusión de las ideas; determinarán sus planes y programas; fijarán los términos de ingreso, promoción y permanencia de su personal académico; y administrarán su patrimonio …”.


1.3 Autonomía del ITSON:

Se establece en el Artículo 2º  de su Ley Orgánica:

“El Instituto Tecnológico de Sonora es un organismo público descentralizado, de carácter universitario, con personalidad jurídica y patrimonio propios; autónomo en cuanto a que en el ejercicio de sus funciones de enseñanza, investigación y difusión, el Instituto dictará sus propios ordenamientos, organizará su funcionamiento y aplicará sus recursos económicos en la forma que estime conveniente...”

La AUTONOMÍA es un gran valor, es necesaria para cumplir cabalmente las misiones de educación, investigación y extensión sin interferencias externas, sin más limitaciones que las propias establecidas por el marco regulatorio vigente.


1.4 Ley Orgánica del Instituto Tecnológico de Sonora:

Es la principal Ley del ITSON, el Instituto se rige por las disposiciones contenidas en esta Ley; todas las leyes, lineamientos y normas que se establezcan en el Instituto deberán estar en armonía con la Ley Orgánica.

Es importante mencionar que el ITSON está obligado a cumplir las leyes federales y estatales que aplican para universidades públicas y autónomas.

El único facultado para modificar la Ley Orgánica del ITSON es el Congreso del Estado de Sonora.


1.5 El Consejo Directivo del ITSON:

El Consejo Directivo es la máxima autoridad del ITSON, es un cuerpo colegiado conformado por representantes de alumnos,  profesores, egresados, empleados no académicos, patronato y funcionarios del Instituto.

Entre muchas otras facultades, el Consejo Directivo tiene el poder de expedir las normas y disposiciones reglamentarias de aplicación general relativas a la estructura, organización y funcionamiento técnico, académico y administrativo del Instituto, sin más limitaciones que las establecidas en la propia Ley Orgánica.


1.6 Normatividad institucional:

  • ​​Ley Orgánica
  • Reglamento General de la Ley Orgánica
  • Reglamento para el Funcionamiento Interno del Consejo Directivo
  • Reglamento del Proceso para la Designación del Rector
  • Reglamento de Alumnos de Licenciatura
  • Reglamento de Alumnos de Posgrado
  • Reglamento del Personal Académico
  • Reglamento de la Comisión de Honor y Justicia del Consejo Directivo
  • Reglamento de Servicio Social​

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